FAIL (the browser should render some flash content, not this).

You are currently browsing the FC Consultoría y Asesoría blog archives for the day lunes, junio 13th, 2011.

Calendario

junio 2011
L M X J V S D
 12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
27282930  

Contador de Visitas


Archive for junio 13th, 2011

Abdalá Bucaram Pulley, asambleísta del Partido Roldosista Ecuatoriano (PRE), presentará en los próximos días una acción de protección con el fin de dejar sin efecto la decisión del Gobierno de eliminar el subsidio de manera escalonada de las tarifas eléctricas a los consumidores que superen los 500 kilovatios hora al mes.

Además, anuncia que iniciará la recolección de firmas en la Asamblea para enjuiciar políticamente al ministro de Electricidad, Esteban Albornoz.

La acción de protección está contemplada en el artículo 88 de la Constitución y se puede presentar cuando existe una vulneración de los derechos constitucionales por actos u omisiones de cualquier autoridad pública o en contra de políticas públicas.

Bucaram sostiene que el alza de tarifas es una medida discriminatoria, que va en contra del principio de igualdad.

El asambleísta señala que en estos días presentará la acción ante un juez para que la califique y luego remita el caso a la Corte Constitucional. Si la acción de protección es aceptada, el incremento de tarifas no sería aplicado,

El café fue el único producto tradicional que aumentó sus exportaciones en abril, en relación con marzo, según las cifras del Banco Central.

Las ventas al extranjero crecieron 16,63%, pasando de $ 11,96 millones en marzo a $ 13,95 millones en abril.

Askley Delgado, representante de Anecafé, explica que este crecimiento se debe principalmente al aumento de los precios en el mercado internacional, mas no de la producción nacional.

Existen dudas desde varios sectores sobre si la circulación de las Unidades de Intercambio Solidario (UDIS), que aparecieron primero en Sinincay y luego en San Joaquín (ambas parroquias de Cuenca), está amparada en la nueva Ley de Economía Popular y Solidaria.

Esta ley, promulgada en el Registro Oficial del 10 de mayo pasado, en el art. 132 señala que las organizaciones que conforman la Economía Popular y Solidaria podrán utilizar medios de pago complementarios (físicos o electrónicos), para facilitar el intercambio y la prestación de bienes y servicios.

Sin embargo, indica que deberán regirse a la ley, a un reglamento y a las regulaciones que emita el órgano regulador competente. Ese órgano es la Superintendencia de la Economía Popular y Solidaria, que aún no ha sido creada