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Se amplía obligación de anexo de gastos

22 diciembre, 2011 @ 21:26
publicado por Freddy

Todos los ciudadanos que se hayan deducido gastos personales en un monto mayor a 4.605 dólares deberán enviar un anexo informático a la página web del Servicio de Rentas Internas (www.sri.gob.ec). Esto, sin importar el monto de los ingresos que perciba.

Así lo establece la resolución NAC-DGERCG11-00432 del SRI, publicada ayer en el Registro Oficial N° 599 y que cambia las reglas de juego para estas deducciones. Lo que se busca, según la resolución, es “agilizar y masificar los controles relativos a gastos personales deducido en la liquidación del Impuesto a la Renta”.

Hasta ahora, la obligación era solo para los contribuyentes que hayan efectuado una deducción de gastos que superaran los $ 7.500 y tuvieran ingresos de más de $ 15.000.

Tras la resolución, el SRI ha extendido el plazo de presentación del anexo de gastos personales, correspondiente al año 2011, hasta junio del año 2012 y que su vencimiento corresponde al noveno dígito de la cédula de identidad (ver gráfico). Este plazo será por única vez, ya que normalmente el plazo de entrega es hasta el mes de febrero del año siguiente.

De acuerdo a Leonardo Orlando, director de gestión tributaria del SRI, esa institución iniciará desde enero una campaña de capacitación, para los contribuyentes que ahora se suman a esta obligación.

¿Pero cuáles son los pasos a seguir? Deben acceder a la página web del SRI y bajar un programa especial o aplicativo. De acuerdo al experto tributario, consultor de Fidesburó, Pablo Guevara, se trata de un programa amigable que pide al contribuyente ingresar los datos de las facturas (proveedor, RUC y montos).

Según Guevara, lo que busca el SRI al implementar esta nueva regla es controlar que el contribuyente esté haciendo un buen uso del beneficio de la deducción. Adicionalmente, la factura reportada por el contribuyente, representa un ingreso de otro contribuyente que es un proveedor y con ello se logra cruzar la información.

Orlando explicó que la norma establece que quienes se acogen a gastos personales, deben presentar tanto la declaración como los anexos; pero en los primeros años para simplificar el trámite se había exonerado a los que menos deducían.

Si no presenta ese anexo o lo hace en una fecha tardía posterior a la indicada, el SRI podrá aplicar multas que van desde los $30 (según se indica en el Anexo 1 del instructivo para la aplicación de sanciones pecuniarias del SRI).

A tener en cuenta
Verificación: Se recomienda a los contribuyentes entregar sus datos correctos para que los comprobantes no tengan errores.

Deducción: En el 2011, el máximo de deducción es $ 11.973, pero cada rubro puede llegar hasta $ 2.993,25, excepto salud, que no tiene tope.

 
 
 

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