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Tarjetas de afiliación, vedadas en proyecto

9 septiembre, 2011 @ 8:51
publicado por Freddy

El proyecto de Ley Antimonopolio considera como práctica abusiva de «poder de mercado» -entre 21 puntos- la emisión de las denominadas tarjetas de afiliación por parte de operadores económicos. La propuesta -según el numeral 16, del artículo 8 del proyecto que está en manos de la Asamblea- es cuestionada por especialistas laborales porque afectaría el cumplimiento del Código de Trabajo, que ordena a las compañías con más de diez trabajadores proporcionarles almacenes con artículos de primera necesidad.

«Las empresas cumplirán directamente esta obligación mediante el establecimiento de su comisariato o mediante la contratación de este servicio conjuntamente con otras empresas o terceros», tipifica el código en su artículo 42, numeral 6.

Por lo que buena parte de los patronos optaron -por eficiencia y agilidad- contratar el servicio con terceros, en la mayoría de los casos los supermercados más grandes, entregando tarjetas de descuentos o afiliación a su nómina de trabajadores.

Por lo que, dice el experto Carlos Ferrín, «la eliminación de las tarjetas afectaría el cumplimiento de la mencionada obligación patronal».

Tito Palma, especialista en derecho laboral, dice que al eliminar las tarjetas de afiliación, se obligaría a que las empresas levanten sus propios comisariatos, lo que «distraería el giro natural de sus negocios o las ocupaciones principales de las empresas» obligadas a proveer, según el código, de artículos vitales a precio de costo.

Palma hace un recuento de por qué se estableció esta disposición legal. Sucedía que muchas empresas se encontraban en zonas alejadas a almacenes proveedores de productos, entonces hubo la necesidad de que los bienes vitales estén al alcance de las familias. Fue cuando se dispuso que las compañías, con al menos una decena de empleados, tengan acceso, de sus patronos, a un comisariato o almacén de víveres.

Pero ahora la realidad es más urbana. «El mercado en la actualidad es más directo y menos complicado que hace cincuenta años», sostiene Palma.

Sin embargo, en la sección tres de la propuesta que llegó al Congreso, el 29 de agosto de 2011, con la firma del presidente Rafael Correa, se señala que está prohibido el «abuso de poder» de las compañías y que las conductas consideradas así incluyen los descuentos efectuados con tarjetas.

«Los descuentos condicionados, tales como aquellos conferidos a través de la venta de tarjetas de afiliación, fidelización u otro tipo de condicionamientos que impliquen cualquier pago para acceder a los mencionados descuentos», establece el proyecto, son una acción prohibida y considerada, entre otras 16, como conductas que «constituyen abuso de poder».

El abogado Efraín del Pozo dice que no debería prohibirse el uso de tarjetas porque parten de un acuerdo bilateral.

El proyecto también considera a la fijación de precios «predatorios, la venta condicionada y la venta atada, la discriminación injustificada de precios, condiciones o modalidades de precios» entre el pliego catalogado como abusivo.

El abuso de un derecho de propiedad intelectual, los precios injustificados de reventa y las acciones que afecten el ingreso de un nuevo competidor, también estarán prohibidas.

Fuente: El Expreso

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